Riesgo Sanitario
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Por Alejandro Pastrana Valls
Una de las atribuciones, responsabilidades y encargos inherentes a los gobiernos es tener el control o contención de los riesgos para la salud pública, ya que estas amenazas constituyen la inmensa mayoría de los eventos que pueden provocar emergencias de salud pública en el sentido del Reglamento Sanitario Internacional (2005). Los actuales programas de lucha contra las enfermedades infecciosas así como de la inocuidad de los alimentos y la higiene del medio creados e implementados por el gobierno mexicano, tienen como uno de sus principales objetivos impulsar el fortalecimiento de la capacidad básica de los sistemas de salud y prevención de riesgos sanitarios en lo referente a salud pública, y favorecen considerablemente la acción del sistema mundial de alerta y respuesta de la Organización Mundial de la Salud.
En el mundo se desarrollan nuevas formas de vigilancia epidemiológica con el fin de mejorar la oportunidad y la eficiencia en los sistemas de detección. El desarrollo de éstos implica la incorporación de medidas de control adecuadas y el incremento en las capacidades diagnósticas y tecnológicas. Estos avances no son suficientes, y la propia evolución de muchas enfermedades nos pone en situación de riesgo y reemergencia ante padecimientos que se pensaba estaban eliminados o controlados. A esto se añaden los riesgos ambientales debidos, posiblemente, a variables “humanas” y a la espiral de actos terroristas, acontecidos en el inicio de esta década. Estas circunstancias exigen un compromiso ante una sociedad alarmada, que necesita respuestas rápidas frente a estos acontecimientos.
La Unión Europea ha ido desarrollando sistemas de alerta, y en 1996 adoptó un programa de acción comunitaria dedicado a la prevención del sida y otras enfermedades transmisibles. Los sistemas que funcionan así se han denominado sistemas de vigilancia sindrómica, y se incrementaron a partir de los ataques terroristas de 2001 en Estados Unidos, para actuar rápidamente ante la liberación intencionada de agentes biológicos. Este modelo fue introducido por los Centros de Control de Enfermedades (CDC) en los años noventa, como una forma alternativa para la localización de brotes y enfermedades emergentes.
En España, se han transferido las competencias de salud a las comunidades autónomas, y es oportuno plantearse la posibilidad de desarrollar esta metodología, pues en la actualidad los servicios de salud cuentan con recursos que facilitarían la automatización de este proceso y la utilización de datos pre-diagnósticos.
El objetivo es desarrollar una metodología que utilice información recogida en tiempo real de los servicios de urgencia y, tras un análisis espaciotemporal, generar umbrales de alerta que caractericen y monitoreen el impacto de determinados riesgos sanitarios sobre la salud, mejorando la calidad y oportunidad de la respuesta.
España tiene experiencia en la aplicación de métodos para obtener respuestas más oportunas a diversos problemas de salud, pero es necesario incorporar de manera sistemática la inmediatez en la información para la toma de decisiones. El Centro Nacional de Epidemiología desarrolla desde el año 2004, el análisis de la mortalidad relacionada con los cambios de temperatura. A raíz de la ola de calor sufrida en el verano de 2003, dicho análisis permitió generar un sistema de alerta en función de la mortalidad, facilitando la puesta en marcha de actividades preventivas oportunas y eficientes ante incrementos de temperatura por encima de determinados umbrales.
Para este estudio se relacionó la vigilancia de morbilidad (indicador que mide la proporción de personas que mueren por un padecimiento en un sitio y tiempo determinado), con la intención de detectar aumentos por encima de los umbrales esperados, asociados al calor o no. Se adaptó a las diferencias climáticas conocidas en España y se coordinó con los sistemas de alerta disponibles, aprovechando las redes de trabajo para favorecer una respuesta rápida, conjunta y efectiva ante una situación de crisis. Además, se utilizó información de los certificados de mortalidad y de los registros civiles informatizados por el Ministerio de Justicia.
El reto en este momento es desarrollar nuevas formas de vigilancia, integrando fuentes de información de rápida disponibilidad, sin que ello suponga una carga excesiva de trabajo o un incremento significativo en la inversión de recursos.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), fue creada mediante decreto en 2001 como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Salud responsable “del ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios”. En una primera etapa la Comisión no logró la funcionalidad esperada, ya que se convirtió en una modificación puramente nominal de la Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario, provocando duplicidad de funciones, choque de autoridades y carecía de una estrategia de medición del impacto de las acciones que implementaba.
Con el propósito de superar estas debilidades se realizó una reforma jurídica en 2003 que implicó la modificación de la Ley General de Salud y que en términos generales dio atribuciones y competencias a la Comisión. Como resultado de estas modificaciones se publicó en 2004 el Reglamento de la COFEPRIS cuyo mandato es la “regulación y fomento sanitario, de la producción, comercialización, importación, exportación, publicidad o exposición involuntaria” en materia de seis temas específicos: medicamentos y tecnologías para la salud, sustancias tóxicas o peligrosas, productos y servicios, salud en el trabajo, saneamiento básico y riesgos derivados de factores ambientales. En general, la COFEPRIS concentra la competencia en temas de control y fomento sanitario bajo los lineamientos legales que la regulan, e instrumenta su política acorde con las expectativas gubernamentales expresadas en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y en el Programa Sectorial de Salud.
Comentarios: alejandro@pastranavalls.com
Last Update: Dec. 9, 2024, 11:21 p.m.